SOBRE EL PROYECTO DE LEY DEL ARTISTA

LA OPINION DE DAECPU:

La necesidad de que el Artista nacional se encontrara contemplado, reconocido y protegido por una Ley, ha sido una reivindicación que lleva ya varias décadas y que, salvo en el período de dictadura, prácticamente todas las expresiones artísticas han planteado públicamente día tras día, en todos los medios posibles - incluso en los propios espectáculos.

El Carnaval, ha sido uno de los vehículos preferidos para esa reinvindicación. Por eso, es que nos sentimos, por un lado fuertemente ligados a la idea de que, por fin, hay un Proyecto de Ley que recoge el espíritu de esa larga lucha de los actores, los intérpretes - cantantes o músicos - , bailarines, mimos, iluminadores, escenógrafos, pintores, escultores, puestistas en escena, y tantas otras disciplinas afines con el arte. Entendimos, desde siempre, y también ahora, que es justo, conveniente, necesario y hasta imprescindible (sobre todo en un Gobierno "Progresista") aprobar una LEY en este sentido.

El  ARTISTA será ahora un "sujeto de derecho" y por ende le serán reconocidos todos los derechos en la Sociedad, ya no como Ciudadano, sino por la profesión que ejerce. Entre ellos, obviamente, los DERECHOS JUBILATORIOS. SE PODRA AL FIN, JUBILAR DE ARTISTA!!

Pero el Carnaval es también una actividad ZAFRAL. Es una actividad que se desarrolla durante 5 semanas en el año (35 a 40 días en total). Insertar al CARNAVAL dentro de este marco jurídico proyectado, es introducir un obstáculo a la viabilidad de esta Ley y de paso lesionar sin beneficio alguno al Director de cada conjunto de Carnaval, de modo que a éste le convendría más NO SACAR su agrupación y dejar la máxima fiesta popular del país casi apunto de desaparecer. Porque NADIE puede sacar un conjunto a la calle, por mes, si tiene que aportar al BPS, y/o a la DGI, por TODOS sus COMPONENTES, sus TECNICOS o sus UTILEROS, la mayoría de los cuales, probablemente una vez terminado el último tablado ya no pertenezcan más al conjunto.

De lo que se trata, entonces, es de buscar una vía que, sin lesionar los derechos de los artistas carnavaleros, no provoque este daño irreparable al Carnaval. Evitemos una corrida en masa. Una desaparición en masa. Exoneremos al CARNAVAL, recientemente declarado además "DE INTERES NACIONAL" de este tipo de aportes "patronales".

No queremos entrar siquiera a considerar cuál sería el sistema operativo para la aplicación de esta Ley. ¿Quién haría de agente de retención de los aportes individuales de cada artista? ¿Sería el Director del conjunto? - Tendría que llevar una contabilidad especial para ello, contratando obviamente un profesional Contador  y realizar después todos los trámites de pago de los aportes. ¿Sería DAECPU el agente de retención de los aportes de todos los artistas  de todos los conjuntos? ¿Qué tipo de infraestructura administrativo-contable debería tener para poder llevar medianamente prolijo este sistema?

¿ Quién controlaría si un sobreprimo de la Murga "X" actuó en los 80 tablados que hizo la Murga o solamente en 68 de ellos? ¿ Cómo se comprueba que se aporta por sólo 68 actuaciones? ¿ Quién dice que ayer fui al escenario Flor de Maroñas con 17 integrantes o con solo 15?. -El tablado nos va a hacer un certificado-. ¿ Quién dice si una Comparsa Lubola subió al escenario con 35 o sólo 28 y quiénes son los 7 que faltan (con nombre, apellido y documento de identidad, para después poder obviar su aporte).

Son 1.000 artistas en escena y son 2.500 actuaciones.

¿Cómo haría DAECPU para lograr que cada Director le vuelque exactamente lo que corresponda aportar por cada uno de los 5 tablados que hizo anoche ( de los cuales 3 eran comerciales y los cobró en el acto y los otros 2 eran municipales y se pagan al dia siguiente en DAECPU - de modo que sobre estos 2 tablados debe calcular la retención a efectuar y pagarle el saldo al conjunto, quien a su vez debería firmar 2 documentos; uno por el pago que recibió y otro por lo que le retuvieron, mientras DAECPU lleva  2 cuentas separadas y a su vez le pide al conjunto que le vuelque lo que corresponde a los 3 comerciales que cobró... ASI 2.500 VECES ...EN UN MES !!!

El legislador bienintencionado - eso se descuenta -, no pudo obviamente prever esto y mil situaciones más. Sencillamente porque desconoce estas realidades. Aquí estamos para hacérselo conocer y ver de corregir esto de modo URGENTE.

Por todo lo expuesto, ENTENDEMOS QUE LOS LEGISLADORES DEBEN OTORGARNOS LA EXONERACION DE ESTA LEY DEL ARTISTA